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Escrito de manifestación de herencia para heredero único (sin Notario)

Cuando en la herencia existe un único heredero, corresponden a éste todos y cada uno de los bienes hereditarios. Por ello, no existe comunidad hereditaria, ni hace falta hacer la “partición”. No hay que ir al Notario a otorgar una escritura pública.

Más información

¿Qué es?


• Un documento suficiente para liquidar el impuesto de sucesiones e inscribir los bienes a nombre del heredero único en el Registro de la Propiedad, sin necesidad de otorgamiento de escritura pública. Por eso, no hay que ir al Notario. 

• Nuestro equipo de abogados no sólo redactará por usted este documento con todos los requisitos legales necesarios, sino que estudiará los problemas que puedan presentarse y tramitará la obtención de los documentos necesarios (salvo que ya obren en su poder o que prefiera usted encargarse de ello).

• Asimismo, nuestros abogados también le asesorarán acerca de cómo puede liquidar el Impuesto de Sucesiones y de los trámites ante el Registro de la Propiedad.

• Para la redacción de este documento jurídico será necesario que usted aporte a nuestros abogados los títulos de propiedad del fallecido (causante) sobre los inmuebles de la herencia –las escrituras-, y certificados de cuentas corrientes o depósitos bancarios del mismo, si existen.

• En algunos casos, puede ser necesario obtener notas simples del Registro de la propiedad que, si usted prefiere, también podemos solicitar directamente nosotros.

• Iurisconsultas es el único portal de internet que ofrece este servicio on line. Ahórrese trámites.

 

No incluye

• Presentación por un abogado del Impuesto de Sucesiones en alguna de las oficinas competentes, ni tramitación para inscripción en el Registro de la Propiedad, aunque sí le asesoramos sobre estos puntos y le decimos cómo hacerlo.

Precios

• Si  los bienes de la herencia no superan los 30.000 euros (valor fiscal): 355 €, IVA incluido.

• Si los bienes de la herencia superan los 30.000 euros (valor fiscal): debe pedir presupuesto sin compromiso en contacto.

No dude en preguntarnos por e-mail cualquier duda que tenga sobre la contratación de este servicio. Puede dirigirse a nuestro servicio de atención al cliente en info@ic-abogados.com

Forma de pago y funcionamiento del servicio

• Usted contrata el servicio. En ese momento no tiene que pagar nada.

• Con sus datos (correo electrónico o teléfono) nuestros abogados se pondrán en contacto con usted para solicitarle la información y documentación necesaria. En ese momento, cuando constatemos que usted efectivamente es heredero único y comprobemos el valor fiscal de los bienes que integran la herencia, deberá abonar 120 euros por el sistema de pago elegido (o 1/3 del presupuesto que se le haya dado y que usted haya aceptado libremente).

• Una vez hecho lo anterior, nuestros abogados estudiarán la situación sucesoria producida tras el fallecimiento y comenzarán a asesorarle.

• Cuando ya estén en nuestro poder todos los datos, documentos e información necesarios, redactaremos el escrito de manifestación de herencia.

• Usted recibirá una previsualización o extracto (un par de párrafos) del escrito de manifestación de herencia para que así pueda asegurarse de que su caso se está tramitando. En ese momento deberá abonar el  resto del precio: 235 euros (o los 2/3 restantes del presupuesto ajustado a su caso).

• Una vez recibamos confirmación del pago, recibirá íntegro el escrito de manifestación de herencia. Podrá recibirlo por correo electrónico u ordinario, como usted prefiera y así nos lo indique.

Pero nuestros servicios no acaban ahí. Nuestros abogados seguirán asesorándole sobre los trámites legales necesarios para liquidar el Impuesto de Sucesiones y para proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad los bienes a su nombre.

 

No incluido en el precio

En el precio no se incluyen otros documentos que haya que tramitar, tales como solicitudes de notas simples, certificados del Registro de Actos de última voluntad…, que se minutarán separadamente y se pagarán antes de solicitarlos (no obstante, su precio no es alto; puede consultar el apartado de estos servicios también en nuestra web, o pedirnos una tabla de precios en contacto).

Formas de pago

• Tarjeta de crédito/débito.

• Paypal.

• Ingreso/transferencia bancaria.

 

→  Si el sistema de pago escogido fuera transferencia o ingreso bancario, y quiere agilizar el proceso, envíenos el comprobante del pago/transferencia por e-mail a info@ic-abogados.com

→ Si el sistema de pago elegido fuera tarjeta de crédito/débito o Paypal, se abrirá automáticamente una ventana de nuestro banco o de Paypal, respectivamente, para poder satisfacer la cantidad.

→ Estos sistemas son completamente seguros; visite nuestra política en materia de seguridad. Nuestros abogados nunca tienen acceso a sus datos bancarios

→ Si tiene interés en ello, le enviamos la factura del pago.